IMPACTO DEL REPORTE MAESTRO
El
Decreto Legislativo N°1312 incluyó cambios en el régimen de precios de
transferencia, los cuales están encaminados a los requerimientos para ser un
país miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos
(OCDE) y en la misma dirección, implementar los planes de acción BEPS (por las
siglas en Inglés de “Erosión de la Base Imponible y Traslado de Beneficios”).
Los principales cambios
en el régimen de precios de transferencia, tomando en cuenta el plan de acción
BEPS N° 13 (documentación e información), comprenden varios aspectos, que van
desde el enfoque, la materialidad, la percepción sobre la ética en los
negocios, las sanciones por extemporaneidad y la información financiera.
El enfoque se basa en la implementación de tres reportes
de naturaleza informativa que se deben realizar ante la autoridad fiscal por
aquellos sujetos que mantienen
operaciones con partes vinculadas económicamente, los cuales se denominan:
Reporte Local, Reporte Maestro, y
Reporte País por País, y se realizan en la medida que les sea aplicable
en función a la materialidad conforme a parámetros económicos fijada por ley en
función a ingresos devengados e importes de las transacciones con partes
vinculadas, comprendiéndose de manera obligatoria y prescindiendo por excepción
de su vinculación a las operaciones con entidades situadas en los territorios
de nula o baja imposición tributaria, jurisdicciones no cooperantes y regímenes
tributarios preferenciales. La importancia de la implementación de los reportes
radica en que se utiliza un formato cuya estructura requiere preparar y revelar
información financiera segmentada y consolidada que permiten tener criterios
más adecuados para evaluación de las
transacciones.
Las sanciones por
incumplimiento son el 0.06% de los ingresos devengados y con un límite de 25
UIT, sin perjuicio de los ajustes que la autoridad tributaria pueda determinar
en caso de una fiscalización tributaria.
En
este contexto, el Reporte Maestro presenta la información de las distintas
compañías que conforman el Grupo Multinacional durante el ejercicio anual
finalizado el 31 de diciembre de cada año, en esta caso 2017. El informe
contiene la estructura organizacional, la descripción del (os) negocio (s) de
los integrantes del grupo, la descripción de la política del grupo en materia
de intangibles, las actividades financieras del grupo, la posición financiera y
fiscal de los integrantes del grupo, de conformidad con las recomendaciones de
la OCDE en términos de precios de transferencia.
La
administración tributaria, por primera vez, contará con la información de los
Grupos multinacionales, lo cual le dará un mejor conocimiento del contexto,
condiciones y circunstancias en las que se desarrollaron las operaciones,
precios, contratos, acuerdos, mercados, estrategias, que incidieron en sus
políticas y las diversas relaciones establecidas entre las empresas vinculadas.
El
cronograma de presentación de la declaración anual por el año 2017 se inicia el
15 y finaliza el 23 de noviembre de 2018, mediante el PDT 3561. El Reporte
Maestro alcanza a aquellos
contribuyentes cuyos ingresos devengados hayan superado las 20,000 UIT (S/. 81 millones) y hubieran realizado transacciones dentro del ámbito
de aplicación de las normas de precios de transferencia, cuyo monto de
operaciones sea igual o mayor a 400 UIT (S/. 1.62 millones)
A
la vez representa un reto, considerando que el Reporte Maestro puede ser una
ocasión para volver a reevaluar la idea de negocios, buscar la generación de
valor, e inclusive la oportunidad de implementar un rediseño del negocio,
adecuar la estrategia global, conocer el impacto fiscal producto de estos
cambios, y establecer las posibles contingencias tributarias con anticipación.
Será un nuevo desafío para poder cumplir con los reducidos plazos establecidos
en nuestro país.
Hasta
el próximo artículo
Roberto
Vargas de La Gala
Gerente
de Precios de Transferencia
FY
Perú: Paredes, Cano y Asociados
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