IMPACTO DEL REPORTE MAESTRO




El Decreto Legislativo  N°1312 incluyó cambios en el régimen de precios de transferencia, los cuales están encaminados a los requerimientos para ser un país miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y en la misma dirección, implementar los planes de acción BEPS (por las siglas en Inglés de “Erosión de la Base Imponible y Traslado de Beneficios”).




Los principales cambios en el régimen de precios de transferencia, tomando en cuenta el plan de acción BEPS N° 13 (documentación e información), comprenden varios aspectos, que van desde el enfoque, la materialidad, la percepción sobre la ética en los negocios, las sanciones por extemporaneidad y la información financiera.
El enfoque se basa en la implementación de tres reportes de naturaleza informativa que se deben realizar ante la autoridad fiscal por aquellos sujetos  que mantienen operaciones con partes vinculadas económicamente, los cuales se denominan: Reporte Local, Reporte Maestro, y  Reporte País por País, y se realizan en la medida que les sea aplicable en función a la materialidad conforme a parámetros económicos fijada por ley en función a ingresos devengados e importes de las transacciones con partes vinculadas, comprendiéndose de manera obligatoria y prescindiendo por excepción de su vinculación a las operaciones con entidades situadas en los territorios de nula o baja imposición tributaria, jurisdicciones no cooperantes y regímenes tributarios preferenciales. La importancia de la implementación de los reportes radica en que se utiliza un formato cuya estructura requiere preparar y revelar información financiera segmentada y consolidada que permiten tener criterios más adecuados para  evaluación de las transacciones.




Las sanciones por incumplimiento son el 0.06% de los ingresos devengados y con un límite de 25 UIT, sin perjuicio de los ajustes que la autoridad tributaria pueda determinar en caso de una fiscalización tributaria.
En este contexto, el Reporte Maestro presenta la información de las distintas compañías que conforman el Grupo Multinacional  durante el ejercicio anual finalizado el 31 de diciembre de cada año, en esta caso 2017. El informe contiene la estructura organizacional, la descripción del (os) negocio (s) de los integrantes del grupo, la descripción de la política del grupo en materia de intangibles, las actividades financieras del grupo, la posición financiera y fiscal de los integrantes del grupo, de conformidad con las recomendaciones de la OCDE en términos de precios de transferencia.

La administración tributaria, por primera vez, contará con la información de los Grupos multinacionales, lo cual le dará un mejor conocimiento del contexto, condiciones y circunstancias en las que se desarrollaron las operaciones, precios, contratos, acuerdos, mercados, estrategias, que incidieron en sus políticas y las diversas relaciones establecidas entre las empresas vinculadas.

El cronograma de presentación de la declaración anual por el año 2017 se inicia el 15 y finaliza el 23 de noviembre de 2018, mediante el PDT 3561. El Reporte Maestro alcanza a aquellos contribuyentes cuyos ingresos devengados hayan superado las 20,000 UIT (S/. 81 millones) y hubieran realizado transacciones dentro del ámbito de aplicación de las normas de precios de transferencia, cuyo monto de operaciones sea igual o mayor a 400 UIT (S/. 1.62 millones)



A la vez representa un reto, considerando que el Reporte Maestro puede ser una ocasión para volver a reevaluar la idea de negocios, buscar la generación de valor, e inclusive la oportunidad de implementar un rediseño del negocio, adecuar la estrategia global, conocer el impacto fiscal producto de estos cambios, y establecer las posibles contingencias tributarias con anticipación. Será un nuevo desafío para poder cumplir con los reducidos plazos establecidos en nuestro país.

Hasta el próximo artículo

Roberto Vargas de La Gala
Gerente de Precios de Transferencia
FY Perú: Paredes, Cano y Asociados

Comentarios

Entradas populares