Cambio en Tasa de Impuesto a la Renta


El sábado 10 de diciembre fueron modificadas las tasas impositivas del Impuesto a la Renta empresarial. El cambio entrará en vigencia en el año 2017. ¿Recuerdan las tasas escaladas de 28%, 27% y 26%?; pues olvídense. 

El monto a calcular del IR será 29,5%. Adicionalmente la tasa de impuestos por dividendos y otras formas de distribución de utilidades serán de 5%. Puede revisar la norma en el siguiente link: Decreto Legislativo N° 1261, el mencionado D.L. modifica varios artículos de la Ley del Impuesto a la Renta.

Si revisamos la web de SUNAT aún podemos ver las tasas escalonadas que aprobó el gabinete precedente (http://orientacion.sunat.gob.pe/ind...). 

Impacto en las NIIF: NIC 12 Impuesto a la Renta

Estimados colegas, tengan en cuenta el párrafo de la 47 NIC 12:“Los activos y pasivos por impuestos diferidos deben medirse empleando las tasas fiscales que se espera sean de aplicación en el período en el que el activo se realice o el pasivo se cancele, basándose en las tasas (y leyes fiscales) que al final del periodo sobre el que se informa hayan sido aprobadas o prácticamente terminado el proceso de aprobación.”

Ahora ya lo sabemos. La tasa que estará vigente cuando reviertan las diferencias temporarias será 29,5%. Al menos es lo que sabemos según la voluntad del ejecutivo. En el cálculo de sus impuestos diferidos al 31 de diciembre de 2016 debemos utilizar la tasa del 29,5%.

Efecto de cambio de tasa

Obviamente existe un efecto de cambio de tasa que afecta a los saldos iniciales del impuesto diferido. Este efecto no es consecuencia de un error de años anteriores, tampoco es un cambio de políticas contables, por ello el cambio debe registrarse en resultados del ejercicio (asumiendo que las diferencias temporarias no afectan al patrimonio).


Saludos contables
Freddy Llanto
Socio Gerente de Auditoría


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