Cambio en Tasa de Impuesto a la Renta
El sábado 10 de diciembre fueron modificadas
las tasas impositivas del Impuesto a la Renta empresarial. El cambio entrará en
vigencia en el año 2017. ¿Recuerdan las tasas escaladas de 28%, 27% y 26%?; pues
olvídense.
El monto a calcular del IR será 29,5%. Adicionalmente la tasa de
impuestos por dividendos y otras formas de distribución de utilidades serán de
5%. Puede revisar la norma en el siguiente link: Decreto Legislativo N° 1261, el mencionado D.L. modifica varios
artículos de la Ley del Impuesto a la Renta.
Si revisamos la web de SUNAT aún podemos ver
las tasas escalonadas que aprobó el gabinete precedente (http://orientacion.sunat.gob.pe/ind...).
Impacto en las NIIF: NIC 12 Impuesto a la
Renta
Estimados colegas, tengan en cuenta el
párrafo de la 47 NIC 12:“Los activos y pasivos por impuestos diferidos deben
medirse empleando las tasas fiscales que se espera sean de aplicación en el período en
el que el activo se realice o el pasivo se cancele, basándose en las tasas (y
leyes fiscales) que al final del periodo sobre el que se informa hayan sido
aprobadas o prácticamente terminado el proceso de aprobación.”
Ahora ya lo sabemos. La tasa que estará
vigente cuando reviertan las diferencias temporarias será 29,5%. Al menos es lo
que sabemos según la voluntad del ejecutivo. En el cálculo de sus impuestos
diferidos al 31 de diciembre de 2016 debemos utilizar la tasa del 29,5%.
Efecto de cambio de tasa
Obviamente existe un efecto de cambio de tasa
que afecta a los saldos iniciales del impuesto diferido. Este efecto no es
consecuencia de un error de años anteriores, tampoco es un cambio de políticas
contables, por ello el cambio debe registrarse en resultados del ejercicio
(asumiendo que las diferencias temporarias no afectan al patrimonio).
Saludos contables
Freddy Llanto
Socio Gerente de
Auditoría
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